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Jueza federal anula la suspensión de visas para 75 países

Jueza federal anuló la suspensión de visas de inmigrante para 75 países, entre ellos Colombia, al determinar que el Gobierno de Trump excedió autoridad.

Una jueza federal de Estados Unidos anuló la política de la Administración de Donald Trump que había suspendido la emisión de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, en una nueva derrota judicial para la política migratoria del Gobierno.

La decisión fue emitida el viernes 21 de agosto por la jueza Jeannette Vargas, del Distrito Sur de Nueva York, quien determinó que la medida impulsada por el secretario de Estado, Marco Rubio, excedía la autoridad que le otorgaba la legislación federal. En una sentencia de 61 páginas, la magistrada calificó la política de ilegal y concluyó que entraba en conflicto con las normas que regulan el proceso de emisión de visas.

La política había sido anunciada por el Departamento de Estado en enero y establecía una suspensión en el procesamiento de visas de inmigrante para nacionales de los 75 países incluidos en la lista.

Entre las naciones afectadas se encontraban Colombia, Brasil, Cuba, Guatemala, Haití, Nicaragua y Uruguay, además de países de África, Asia, Medio Oriente, Europa y el Caribe.

El Gobierno de Trump había defendido la suspensión argumentando que una parte importante de los solicitantes procedentes de esos países representaba un alto riesgo de convertirse en una “carga pública” para Estados Unidos, es decir, de depender de determinados beneficios o recursos gubernamentales.

Sin embargo, la jueza Vargas consideró que el Gobierno federal no podía establecer una prohibición general basada únicamente en la nacionalidad de los solicitantes.

Uno de los puntos centrales del fallo fue la autoridad de los funcionarios consulares. De acuerdo con la legislación migratoria estadounidense, estos funcionarios deben evaluar individualmente la elegibilidad de cada persona que solicita una visa.

La política cuestionada, según la jueza, interfería con esa facultad al ordenar que se rechazaran solicitudes de personas que podían cumplir con los requisitos establecidos por la ley.

Vargas también señaló que algunos solicitantes podían demostrar que tenían suficientes recursos económicos para evitar convertirse en una carga pública, pero que la política impedía que esas circunstancias individuales fueran consideradas adecuadamente.

El caso fue presentado por organizaciones de defensa de los inmigrantes, entre ellas Catholic Legal Immigration Network Inc. (CLINIC) y African Communities Together, además de personas directamente afectadas por la suspensión y ciudadanos estadounidenses cuyos familiares tenían solicitudes de visa pendientes.

Entre los demandantes había profesionales colombianos cuyas solicitudes fueron rechazadas invocando la nueva política, así como ciudadanos estadounidenses que aseguraron que la medida había afectado a familiares en otros países.

Para las organizaciones demandantes, el fallo representa una victoria para las familias que estaban separadas mientras esperaban completar procesos legales de inmigración.

La decisión también podría tener un impacto significativo sobre miles de solicitudes que fueron afectadas durante la vigencia de la política. El fallo deja sin efecto las negativas de visas que se basaron exclusivamente en esta medida y abre la puerta a que los casos sean revisados bajo los procedimientos migratorios habituales.

No obstante, el Gobierno de Trump todavía podría apelar la decisión, por lo que el futuro de algunos de estos procesos permanece sujeto a nuevas disputas judiciales.

El Departamento de Estado, consultado sobre el fallo, señaló que normalmente no comenta sobre litigios pendientes, aunque defendió sus estándares de evaluación y verificación de los solicitantes de visas.

La resolución se suma a una serie de enfrentamientos entre la Administración Trump y tribunales federales por diferentes medidas de su agenda migratoria.

Para miles de inmigrantes y sus familiares, el fallo supone por ahora un cambio importante: la suspensión general que afectaba a ciudadanos de 75 países ya no puede utilizarse como base para negar automáticamente una visa de inmigrante.

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